Generales

Edenor y Edesur no podrán suspender el servicio por falta de pago de consumos no registrados

En la Resolución 37/2021 el ENRE determinó que las empresas distribuidoras de energía deberán abstenerse de suspender los servicios por falta de pago de consumos no registrados. ...

En la Resolución 37/2021 el ENRE determinó que las empresas distribuidoras de energía deberán abstenerse de suspender los servicios por falta de pago de consumos no registrados. Leer más

Comentarios

¡Sin comentarios aún!

Se el primero en comentar este artículo.
Volver arriba